Fecha de publicación: 02/09/2021

Nuevas disposiciones del COE a partir del 1° de septiembre

a) A partir del 1° de Septiembre desde las 00 hs:

-Estarán permitidas las reuniones familiares y sociales hasta 10 personas en domicilios particulares y hasta 20 personas, si ese ámbito privado es al aire libre
-Estarán permitidas las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre, hasta 100 personas ( manteniendo distancia de 2 mts y las demás medidas preventivas)
-Los transportes urbanos de colectivos, podrán circular con pasajeros parados en un número no mayor a 12 personas.
-Serán permitidas las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, religiosas, culturales y deportivas, solo con un máximo del 70% del aforo de la capacidad autorizada en espacios cerrados (manteniendo el distanciamiento de 2 metros, y garantizando el cumplimiento de los protocolos vigentes autorizados por el Ministerio de Salud de la provincia)


b) A partir del 6 de Septiembre:


-Se retornará a la presencialidad escolar plena y cuidada en todos los niveles, en los establecimientos que puedan dar cumplimiento a los protocolos aprobados por el Consejo Federal de Educación. (Durante la presente semana se adoptarán y comunicarán, todas las medidas necesarias para hacer la efectiva dicha disposición)
3) Continuan suspendidas las siguientes actividades:


-Viajes grupales (de egresados, estudiantes y similares).
-Discotecas, salones de fiesta, bailes o actividades similares.


4) Se recuerda que en todo el territorio provincial continúan vigentes las disposiciones establecidas en el DNU 494/21 hasta el 1 de octubre del corriente año.


5) Dentro de los horarios de circulación estipulados, se podrán desarrollar las actividades no esenciales que se encuentren habilitadas y cumplan el protocolo dispuesto.
-Se debe mantener la distancia de 2 metros entre personas, usar correctamente el tapabocas en lugares públicos, y la permanente higiene de las manos.


6) Las personas notificadas como positivas de Covid y sus contactos estrechos deben mantener estricto aislamiento domiciliario, por 10 días ( reduciéndose de 14 a 10 días desde el 1/9 ) teniendo en cuenta que la violacion de esa disposición significa un grave delito, previsto en el Código Penal (art 202).


Firman: Elias Suarez, Jefe de Gabinete de Ministros – Natividad Nassif, Ministra de Salud.

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